En españa, la fabricación y comercialización del jabón y de todos los productos de baño como geles, cremas o bombas efervescentes, está sujeta a la legislación de productos cosméticos (RD 1599/1997).
Dado que el jabón está considerado un producto cosmético, para su elaboración según el citado RD se establece entre otros requisitos que:
- Las instalaciones del fabricante deben estar autorizadas por la DGF con un número el registro correspondiente.
- Debe existir un titulado superior en contenido técnico o científico que asuma formal y legalmente las funciones de director técnico del fabricante. Toda la información de los jabones comercializados debe ser comunicada por este técnico a la DGF a efectos de tratamiento médico con un correspondiente número de registro
En consecuencia sólo los fabricantes que cumplan estos requisitos están legalmente en disposición de elaborar y comercializar jabón.